A través de un decreto, la Casa Rosada dispuso que las retenciones para las entidades gremiales se calculen únicamente sobre el salario básico y las sumas fijas habituales. Quedaron excluidos los bonos, la participación en ganancias y el plus vacacional
El gobierno nacional estableció por decreto un nuevo criterio para calcular las cuotas y aportes que se descuentan del sueldo con destino a los sindicatos. A partir de esta norma, la retención se aplicará únicamente sobre el salario básico y las sumas remunerativas fijas que el trabajador percibe mes a mes.
De esta manera, la administración central dejó fuera de ese cómputo a las horas extras, el aguinaldo (SAC), los bonos extraordinarios, la participación en ganancias, el plus vacacional y todos los montos no remunerativos.
La medida fue oficializada en el Boletín Oficial bajo el marco de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802. Según los fundamentos oficiales, la iniciativa busca clarificar el alcance de los descuentos antes de proceder a la homologación de los acuerdos paritarios entre empresarios y gremios.
Por otra parte, la disposición ratifica que los fondos recaudados por las organizaciones sindicales deberán destinarse exclusivamente a obras de carácter social, asistencial, previsional o cultural. Asimismo, las entidades tendrán la obligación de llevar una contabilidad separada del resto de sus ingresos para auditar de forma precisa el uso de esos recursos.
