Desde el gobierno nacional oficializaron el régimen de blanqueo de capitales

Dicha resolución sobre el blanqueo de capitales fue publicada durante este día miércoles en el Boletín Oficial. Conocé algunos puntos y a quiénes alcanza.

Durante este día miércoles la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha el blanqueo de capitales. Esto implica que quedaran exentos de pagar impuestos quienes puedan regularizar cifras de hasta 100.000 dólares

La normativa publicada en el día de hoy, manifiesta que “esta medida está dirigida tanto a los residentes en el país como a todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal a otro país y hoy pueden decidir su regreso al amparo de este proceso”.

La misma publicada en la resolución general Nº5528 del Boletín Oficial. Dicha iniciativa fue anunciada por el gobierno del presidente Javier Milei y, además es parte del paquete fiscal que se aprobó a fines del mes de abril en paralelo con la Ley Bases.

Esto da paso a que se pueda regularizar cualquier cifra sin costo algunos si es que se logra mantener el dinero dentro del sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025 o, que se pueda invertir en colocaciones que tengan el visto bueno del Ministerio de Economía. Conjuntamente, a esta nueva iniciativa podrán adherirse personas que hayan perdido la residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023.

También, desde la AFIP comunicaron cómo se constituirá el pago para las personas que regularicen más de US$100.000. Esto sin opción por cualesquiera de las opciones libres de impuestos

  • Hasta el 30 de septiembre de 2024, se abona una alícuota de 5% sobre el excedente de 100.000 dólares
  • Hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota es de 10%
  • Hasta el 31 de marzo de 2025, la alícuota asciende a 15%

En tanto, la nueva regulación vaticina una quita del 0,5% de la alícuota del impuesto que están en los bienes personales durante los períodos 2023, 2024 y 2025. Se tiene en cuenta a los contribuyentes cumplieron con sus declaraciones y pagos durante 2020, 2021 y 2022.

El comunicado de la AFIP, además narra que “la norma también reglamenta la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% por año, lo que beneficia al contribuyente al quedar exento de presentar la declaración jurada hasta 2028 y al lograr estabilidad fiscal (no se podrán cobrar mayores alícuotas durante ese periodo sobre su patrimonio)”.

Entre varios puntos más, la iniciativa deja libre de cualquier acción civil y por violaciones tributarias, cambiarias, aduaneras e infracciones administrativas. Es decir que la extingue de cualquier acción penal.

Entre otros índices más, la medida además libera de cualquier acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas; extingue la acción penal, excepto las iniciadas por particulares que hubieran sido perjudicados; y descarta la aplicación de las presunciones del incremento patrimonial no justificado.

Por último, los requisitos, condiciones, formas y exclusiones para la adhesión están disponibles en el sitio del organismo nacional www.afip.gob.ar/nuevopactofiscal. El mismo entrará en vigencia este miércoles hasta el vencimiento de cada etapa. Además, la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes instaura las ´personas que adhieran no podrna inscribirse en otros regímenes similares hasta el 31 de diciembre de ese año.

Fuente: Agrolink/Leonardo Baldo

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